
La alerta de violencia de género contra las mujeres (AVGM) es un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres único en el mundo, establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su trámite para emitirla o concederla lo describe el Reglamento de dicha Ley.
Consiste en un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida y/o la existencia de un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, en un territorio determinado (municipio o entidad federativa); la violencia contra las mujeres la pueden ejercer los individuos o la propia comunidad. (Artículo 22 de la Ley de Acceso).
Garantizar la seguridad de mujeres y niñas, el cese de la violencia en su contra y/o eliminar las desigualdades producidas por una legislación o política pública que agravia sus derechos humanos. (Artículo 23 de la Ley de Acceso).
De conformidad con el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Ley General de Acceso), así como 38, último párrafo, y 38 BIS, fracciones IV y V de su Reglamento, la Secretaría de Gobernación (SEGOB), a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), declara la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en los siguiente municipios:
Lo anterior derivado del análisis de la situación que viven las mujeres en la entidad, y de corroborar diversas problemáticas culturales, sociales e institucionales que han derivado en los índices actuales de violencia cometida contra las Mujeres, por lo que, la SEGOB determinó la conveniencia de coordinar acciones interinstitucionales que permitan poner en marcha una estrategia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las Mujeres.
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