De acuerdo al artículo 14 de la Ley de la COESCAMED, el Consejo estará integrado por un Presidente, un Secretario Técnico y 10 ciudadanos Consejeros designados por invitación directa del Ejecutivo del Estado de la siguiente manera: un representante del Colegio de Médicos del estado, un representante del Colegio de Cirujanos Dentistas, un representante del Colegio de Enfermería, un representante del Centro Universitario de Investigaciones Biomédicas, un representante de la Federación de Colegios y Barras de Abogados del estado y cinco ciudadanos de entre la sociedad civil con reconocida solvencia moral.
De acuerdo al artículo 3 del Reglamento Interno de la COESCAMED, la Comisión contará con la estructura básica siguiente: Un Consejo, integrado de acuerdo al artículo 14 de la Ley; un Comisionado Estatal; un Subcomisionado Médico; un Subcomisionado Jurídico; un Módulo de Atención integrado por un médico, un abogado y una trabajadora social; un Departamento de Informática y Relaciones Públicas; un Departamento Administrativo; una Secretaria Particular del Comisionado; una Secretaria para los Subcomisionados; un Mensajero y un Intendente.