Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO)
Subsecretaría del Trabajo (SEDECO)
Trámite
Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO)
Permiso para trabajar de menor en edad permitida
Fecha de actualización: 22/01/2025
Solicitud que realiza el padre, madre o tutor de los menores con quince años cumplidos y menores de dieciocho años ante la Coordinación de la Inspección del Trabajo en Colima o con el Inspector del Trabajo en Tecomán o Manzanillo, para que estos puedan prestar sus servicios como trabajadores en las fuentes de empleo, con las limitaciones establecidas por la Ley federal del Trabajo.
Cuando una persona mayor de 15 años y hasta máximo 17 años (tomando en consideración las militantes previstas por la Ley Federal del Trabajo) con la autorización de su padre, madre o tutor desea trabajar.
Original, y 1 copia(s) de: Escrito dirigido a la Dirección del Trabajo, a la Junta de Conciliación y Arbitraje, a la Coordinación de Inspectores o al Inspector del Trabajo, mediante el cual autorizan al menor en edad permitida a trabajar ,mismo que deberá estar firmado por el padre, madre o tutor del menor según sea el caso.
Original, y 1 copia(s) de: Acta de nacimiento.
Original, y 1 copia(s) de: Constancia de estudios Certificado de secundaria o Constancia de estudios actualizada de no mayor a 30 días de expedición.
Original, y 1 copia(s) de: Certificado médico Certificado médico reciente (no más de 30 días de fecha de expedición) por un médico autorizado en los términos de Ley.
Original, y 1 copia(s) de: Credencial ,identificación Oficial vigente con fotografía de padre, madre o tutor.
A todos los menores en edad permitida y padres.
1.- Presentar directamente ante la Dirección del Trabajo, a la Coordinación de Inspectores o al inspector del trabajo la solicitud con los documentos requeridos, o ante oficialía de partes de la Junta de Conciliación y Arbitraje con dicha documentación, quien turnará la documentación presentada al personal correspondiente para su cotejo, validación e integración del expediente correspondiente.
2.- De haber presentado la documentación correcta y completa.- esperar la entrega del permiso autorizado.
Cumplir con la documentación solicitada y presentarse el menor acompañado del padre, madre o tutor que autoriza que trabaje.
30 minutos. El personal autorizado debe validar la documentación presentada por el interesado del tramite y de no existir errores o documentos faltantes, se procede a elaborar el permiso correspondiente.
Permiso por escrito para trabajar. Vigencia Hasta cumplir 18 años o termino de la relación laboral.
Sí
Objetivo: Verificar que no haya peronas menores de 15 años trabajando o que las personas con un Permiso para trabajar de menor en edad permitida cuenten con las condiciones laborales adecuadas a la Ley.
Información que deberá conservar para estos fines: Permiso para trabajar de menor en edad permitida
Este trámite o servicio no requiere de formatos
El permiso se otorga por la autoridad a los menores que hayan cumplido 15 años y hasta máximo 17 años que deseen trabajar en una actividad que no sea de las prohibidas por la legislación laboral que atente contra su educación, salud o moralidad.