Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO)
Despacho de la Secretaría de Desarrollo Económico
Servicio
Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO)
Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada Microindustrial o Artesanal
Fecha de actualización: 06/10/2023
A).- Los Convenios de coordinación suscritos entre el ejecutivo federal y algunos estados de la República en el año 1988 en el tema de sociedades microindustriales, siguen vigentes. B).- En cuanto a la solicitud de denominaciones para constitución de sociedades microindustriales, se atienden directamente desde oficinas centrales, es decir, en la Secretaría de Económica Federal y a través de la página web: C).- Con la URL: https://mua.economia.gob.mx/mua-web/guiaUsuario podrá acceder al material de apoyo que le ofrece el sistema: un tutorial y la Guía Básica para el Ciudadano D).- Para acceder al sistema, deberá utilizar la URL: https://mua.economia.gob.mx y aceptar términos y condiciones, utilizando la firma electrónica de la persona física solicitante, el sistema no admite firmas electrónicas de personas morales.
Cuando un grupo de microindustriales, artesanos, pequeños productores, herreros o dedicados a un oficio, deseen constituirse para transformar una materia prima.
Solicitud para formar una Sociedad de Responsabilidad Limitada Microindustrial
1 copia(s) de: Comprobante de domicilio de la empresa (luz, agua, teléfono o predial). Con vigencia no mayor a 3 meses.
1 copia(s) de: Identificación oficial de cada uno de los socios ( INE, pasaporte, licencia de conducir o cartilla militar).
Grupo de microindustriales, artesanos, pequeños productores, herreros o dedicados a un oficio, donde se transforme la materia prima.
1.- En cuanto a la solicitud de denominaciones para constitución de sociedades microindustriales, se les atiende directamente desde oficinas centrales de la Secretaría de Economía del Gobierno Federal, en la Ciudad de México y a través de la siguiente página https://mua.economia.gob.mx
2.- El trámite para solicitar el uso de una denominación para constituir una nueva sociedad, lo puede realizar cualquier persona física que cuente con firma electrónica emitida por el SAT.
3.- Con la URL: https://mua.economia.gob.mx/mua-web/guiaUsuario podrá acceder al material de apoyo que le ofrece el sistema: un tutorial y la Guía Básica para el Ciudadano.
4.- Para acceder al sistema, deberá utilizar la URL: https://mua.economia.gob.mx y aceptar términos y condiciones, utilizando la firma electrónica de la persona física solicitante, el sistema no admite firmas electrónicas de personas morales.
5.- Para enviar a dictamen una denominación deberá conocer el régimen jurídico con el que va a constituir la nueva sociedad o asociación y seleccionar el tipo de régimen jurídico en el menú que le ofrece el sistema.
6.- LOS PASOS A SEGUIR SON LOS SIGUIENTES: En el primer paso, por favor seleccione entre: a) COOPERATIVAS; b) MICROINDUSTRIALES-ARTESANALES; y c) SOCIEDADES Y ASOCIACIONES. En el segundo menú podrá seleccionar el régimen jurídico con el que realmente va a constituir la nueva sociedad, o asociación. En el siguiente paso el sistema le ofrece el recurso de seleccionar al fedatario público que constituirá la sociedad o asociación.
7.- Por lo que deberá seleccionar en primer lugar el estado de república en el que funge el fedatario público. Enseguida seleccionará el nombre y número del fedatario público. Si la nueva sociedad tendrá como régimen jurídico sociedad cooperativa y va a ser constituida por servidor público facultado para ello, seleccionará en TIPO DE RÉGIMEN JURÍDICO el rubro COOPERATIVAS.
8.- En el siguiente paso, seleccionará el régimen jurídico definitivo con el que será constituida la cooperativa. En el siguiente paso el sistema le pedirá seleccionar el fedatario que dará fe a la constitución de tu persona moral. Al activar el rubro ?entidad federativa?, por favor seleccione el término INDEFINIDO, que lo encontrará en el orden alfabético correspondiente.
9.- En el siguiente paso, el sistema le mostrará en automático la palabra INDEFINIDO, por favor selecciónelo. El sistema le retornará una pantalla con las leyendas: editar, cancelar o FIRMAR LA SOLICITUD. Una vez enviada a dictamen su solicitud, recibirá nuestra respuesta en los tiempos establecidos en el Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales (2 días hábiles).
- Deben ser por lo menos 2 socios, mexicanos y mayores de edad. - Pertenecer a un grupo de artesanos, herreros, pequeños productores o dedicados a un oficio donde haya una transformación de bienes y que no posean recursos legales, técnicos ni económicos
Variable. Depende de la Secretaría de Economía del Gobierno de la República en la Ciudad de México.
Contrato Constitutivo de la Sociedad de Responsabilidad limitada Micro Industrial o Artesanal. Vigencia 99 años
No requiere Acreditación, inspeción o verificación
-El tiempo de respuesta y costo, es responsabilidad de la Secretaría de Economía del Gobierno Federal en la Ciudad de México