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Licencia de Agente Inmobiliario y/o Licencia de Asesor Inmobiliario

Fecha de actualización: 05/07/2023

Es la licencia otorgada por la Secretaría de Desarrollo Económico, para personas físicas y morales, que realicen actividad relacionada con las operaciones inmobiliarias, es decir, gestiones de: compraventa, arrendamiento, o cualquier otro contrato traslativo de dominio, uso o usufructo de bienes inmuebles, así como la promoción, administración, comercialización y consultoría sobre los mismos, para ejercer operaciones inmobiliarias en el Estado, en calidad de Agentes Inmobiliarios.

Personas físicas o morales que realicen actividades relacionadas con la comercialización y consultoría sobre bienes inmuebles.

Kioscos: No aplica
Línea: No aplica
Ventanilla: SI
Vía Telefónica: NO

Persona física, moral u organización.

Escrito libre de solicitud Firmado por el solicitante, describiendo bajo protesta decir verdad, que cuenta con las facultades para ejercer la actividad en materia de operaciones inmobiliarias y que se compromete a cumplir lo ordenado en la Ley de Operaciones Inmobiliarias; anotando el numero de su licencia y numero telefónico

Original, y copia(s) de: Cédula de inscripción del el Registro Federal de Contribuyentes; (R.F.C).

Original, y 1 copia(s) de: Constancia de registro ante la PROFECO del Contrato de Adhesión, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Original, y copia(s) de: Carta de No Antecedentes Penales por la comisión de delitos patrimoniales u otros considerados como graves.

1 Fotografía reciente. a color o blanco y negro

Acreditar capacitación profesional y/o la certificación de conocimientos especializados y experiencia en operaciones inmobiliarias por parte de alguna institución o autoridad competente.

Comprobante de domicilio fiscal (luz, agua o teléfono) con vigencia no mayor a 3 meses.

EN CASO DE PERSONAS MORALES, AÑADIR ADEMÁS LO SIGUIENTE:

Original, y 1 copia(s) de: Poder notarial del representante legal

Relación de asesores inmobiliarios que estarán autorizados por la misma para ejercer la Licencia, agregando copia de identificación y fotografía

Costos
  

Gratuito.

Formas de pago

No aplica.

Dónde se Realiza

Unidad de Asuntos Jurídicos (SEDECO)

¿Dónde pago?

No aplica.

A todas aquellas personas físicas o morales que realicen gestiones, acciones o actividades relacionadas con la compraventa, arrendamiento, fideicomiso o cualquier otro contrato traslativo de dominio, uso o usufructo de bienes inmuebles, así como la promoción, administración, comercialización y consultoría sobre los mismos

    1.- Presentarse con la documentación requerida e indicada en requisitos ante la Ventanilla Única de Gestión Empresarial. En caso de entregar documentación incompleta, se le notificara en el momento para que cumpla con toda la documentación correspondiente

    2.- Recibir notificación telefónica para pasar a recoger licencia.

    3.- Recoger licencia y firmar de recibido en Ventanilla.

    NOTA: La documentación solicitada en original, es solo para cotejo de la misma.

Debe acreditar fehacientemente con la documentación requerida y una vez hecho eso, se le entregara la Licencia de Agente Inmobiliario.

  

1 a 3 días hábiles.

  

Licencia de Agente Inmobiliario y/o Licencia de Asesor Inmobiliario. Vigencia 3 años


Objetivo: Verificar que cumpla con los requisitos establecidos en la ley de operaciones inmobiliarias y en el Reglamento, ademas de que tenga su domicilio donde lo refiere
Información que deberá conservar para estos fines: identificación proporcionada por la Secretaría de Desarrollo Económico

Dependencia: Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO), Despacho del C. Secretaria de Desarrollo Económico, Unidad de Asuntos Jurídicos (SEDECO)
Responsable: Lic. Francisco Paco Rodríguez García
Teléfonos: 3143332277, 3123162000
Extensión: 24115
Ubicación: 3er. Anillo Periférico esq. con Ejército Mexicano #S/N , Col.El Diezmo, Colima, Colima, Colima C.P. 28010
Horario: Lunes a Viernes de 8:30 a 16:30 hrs.
Correo: dirgraljuridico.sedeco@gobiernocolima.gob.mx
Normatividad: Ley de Operaciones Inmobiliarias para el Estado de Colima. Reglamento de la Ley de Operaciones Inmobiliarias para el Estado de Colima. Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Económico.
Afirmativa / Negativa Ficta / No Aplica: Negativa Ficta
Medios de Impugnación: 1.- De manera virtual, en el portal de Protesta Ciudadana, accediendo a la liga: https://protestaciudadana.col.gob.mx/ 2.- De manera presencial, en el módulo/buzón correspondiente de la Secretaría de Desarrollo Económico.

Este trámite o servicio no requiere de formatos

Las personas morales autorizarán bajo su estricta responsabilidad el uso de la Licencia a los asesores inmobiliarios que éstas determinen, quienes la ejercerán bajo su supervisión. Dentro de los treinta días naturales anteriores a la fecha en que expire la vigencia de la Licencia, los Agentes inmobiliarios deberán tramitar el refrendo antes, presentando escrito bajo protesta de decir verdad que se mantiene idéntica la información proporcionada al momento de la inscripción en el Registro, o en caso de existir algún cambio, deberán presentar la documentación correspondiente en los términos de Ley de Operaciones Inmobiliarias del Estado de Colima. De igual manera, deberán acreditar haber cumplido con los programas que la Secretaría establezca como obligatorios.




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