Artículo 31.- Además de lo señalado en el artículo 30 del presente ordenamiento, el Poder Ejecutivo del Estado a través de las dependencias que integran la administración pública centralizada, de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública del Estado de Colima, deberán hacer pública en Internet la siguiente información:
De conformidad con la Tabla de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia del Poder Ejecutivo, de las fracciones que conforman los Artículos 29 y 30 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, aprobada por el Organismo Garante el 31 de octubre de 2021, el contenido de esta fracción no es competencia de la Contraloría General del Estado.