Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima.
Capítulo III: De los sujetos obligados y sus responsabilidades
Artículo 31.- Además de lo señalado en el artículo 30 del presente ordenamiento, el Poder Ejecutivo del Estado a través de las
dependencias que integran la administración pública centralizada, de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública del Estado de Colima, deberán hacer pública en Internet la siguiente
información:
FRACCIÓN I
De manera general:
-
a) El Plan Estatal de Desarrollo;
-
b) El presupuesto de egresos y las fórmulas de
distribución de los recursos otorgados;
-
c) El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas
que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de
utilidad pública y las ocupaciones superficiales;
-
d) El nombre, denominación o razón social y
clave del registro federal de los contribuyentes, a los que se les hubiera cancelado o
condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos.
Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las
disposiciones fiscales;
-
e) Nombre, domicilio, teléfono y número de
Fiat notarial de las personas a quienes se habilitó para ejercer como notarios
públicos, tanto del titular como del adscrito y de quienes temporalmente se
encuentren ejerciendo dicha función, así como la información
relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les
hubiera aplicado;
-
f) Los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico;
-
g) Los proyectos de disposiciones administrativas, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que
se pretenden lograr con su omisión o se trate de situaciones de emergencia, en términos de lo previsto en
la Ley General de Mejora Regulatoria y la particular del Estado; y
-
h) La información detallada que contenga los gastos de los viajes fuera del territorio estatal con cargo al erario:
órdenes de pago, facturas, montos del gasto, adjudicaciones directas, licitaciones, contratos y servicios
especializados para contratación de lo mismo, así como el objeto de la comisión, gestión o encargo
realizado; incorporando, según el caso, el nombre de todas las personas que con cargo al erario del Poder
Ejecutivo participen en las actividades señaladas con anterioridad.
FRACCIÓN II
Por conducto de la Secretaría General de Gobierno y de Seguridad Pública, la siguiente información
relacionada con los cuerpos de Policía de Procuración de Justicia, Preventiva y Estatal Acreditable:
-
a) Los lugares y medios de acceso para presentar quejas
vinculadas con la actuación de sus elementos, el formato para ellas, así
como el plazo para su interposición;
-
b) Las convocatorias donde se especifican plazos, requisitos, formatos para presentar postulaciones y
exámenes, y los resultados de los concursos de selección, así como los programas y resultados de la
capacitación inicial;
-
c) El programa de capacitación permanente;
-
d) Las convocatorias de ascensos, procesos de decisión y criterios de separación del cargo, así como las
resoluciones sobre imposición de sanciones a los integrantes de los cuerpos de policía;
-
e) Número, características y frecuencia de quejas sobre incidentes de uso de la fuerza, tanto en los órganos
internos de la policía, la justicia penal y de la Comisión de Derechos Humanos, así como las medidas
adoptadas al respecto;
-
f) Los informes de evaluación del desempeño policial;
-
g) Las estadísticas derivadas de su actuación, que contengan número de reportes, detenciones y
determinación final emitida en cada caso; y
-
h) La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y
políticas públicas implementadas por cuerpos de Policía de Procuración de Justicia, Preventiva y Policía
Estatal Acreditable:
-
De conformidad con la Tabla de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia del Poder Ejecutivo, de las fracciones que conforman los artículos 30 y 31 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, en concordancia con los dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública del Estado y artículos 1, 6 y 7 del Reglamento Interior de la Oficina de la Gubernatura, el contenido de esta fracción no es competencia de la oficina de la Gubernatura.
FRACCIÓN III
Por conducto de la Secretaría General de Gobierno, vinculado con la materia de
protección civil:
-
a) El atlas estatal de riesgos, desvinculado por municipio;
-
b) Las medidas generales de protección civil en caso de emergencia o desastre, referidas
a cada tipo de riesgo que previsiblemente pudiera presentarse;
-
c) El domicilio de los albergues y refugios, así como las rutas de evacuación durante las contingencias;
-
d) Los sitios en que habrán de entregarse apoyos a quienes resulten afectados por alguna contingencia, la
naturaleza de los mismos, así como la mención de quienes podrán resultar beneficiados; y
-
e) Los informes de las acciones realizadas durante las contingencias, señalando en su caso las aportaciones
en dinero o en especie que reciban de personas físicas o morales, nacionales o internacionales, para ayudar
a los municipios o comunidades afectados.
-
De conformidad con la Tabla de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia del Poder Ejecutivo, de las fracciones que conforman los artículos 30 y 31 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, en concordancia con los dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública del Estado y artículos 1, 6 y 7 del Reglamento Interior de la Oficina de la Gubernatura, el contenido de esta fracción no es competencia de la oficina de la Gubernatura.