Gobierno del Estado de Colima    	
    
    
    		
    
              
               
                  
             
       
    
      
    
    
       
    
        

    


Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad


Subsecretaría de Movilidad (SUBSEMOV)


Trámite


Permiso Provisional o de Traslado para unidad vehicular nacional usada o seminueva, persona física

Fecha de actualización: 04/08/2026

Documento oficial para circular sin placas y tarjeta de circulación.

Cuando la persona adquiera un vehículo automóvil, camión, camioneta, motocicleta o remolque, y requiera documentación oficial para circular por territorio nacional.

Kioscos: No aplica
Línea: No aplica
Ventanilla: SI
Vía Telefónica: NO

Solicitud dirigida al Titular de esta Subsecretaria de Movilidad (Subsemov), en el formato autorizado por la Subsemov en el que se indique el motivo de la solicitud. Formato disponible en el Módulo de Información, al final de esta ficha y en la página web www.semov.col.gob.mx.

Original, y 1 copia(s) de: Factura o sentencia de resolución de jurisdicción voluntaria previamente endosada a nombre del nuevo propietario o en su caso presentar acuerdo emitido por el Juez mediante el cual se acepta la demanda de Jurisdicción Voluntaria. Cuando el vehículo se encuentre en consignación o proceso de compraventa, presentar original y copia del contrato privado correspondiente con sus respectivas identificaciones, con una copia de cualquiera de los documentos anteriores.

NOTA: Por la seguridad de su patrimonio adquirido como nuevo propietario, deberá presentar la refacturación en Original emitida por el Lote de Autos o Agencia Automotriz, acompañada de la factura original inmediata anterior a que dio origen la refacturación previamente endosada a favor de quien refactura

Original, y 1 copia(s) de: Formato de baja. Únicamente en caso de que el vehículo haya sido emplacado en algún Estado de la República Mexicana y se haya dado de baja previamente.

Original, y 1 copia(s) de: Identificación oficial vigente del propietario, consignatario o comprador, puede ser la credencial para votar INE, pasaporte o licencia de conducir del Estado de Colima. Para extranjeros también puede ser credencial expedida por el Instituto Nacional de Migración.

Original, y 1 copia(s) de: Comprobante de domicilio (luz, agua, teléfono o predial) del Estado de Colima con una antigüedad máxima de 2 meses (CFE, TELMEX, RECIBO DE AGUA, PREDIAL) a nombre del interesado o coincida con el domicilio de su credencial para votar INE, de lo contrario presentar el formato de autorización de uso de domicilio. Formato disponible en la página web www.semov.col.gob.mx o Módulo de Información de la Subsecretaría, y anexar copia legible de identificación del titular de dicho comprobante.

EN CASO DE NO PRESENTARSE EL PROPIETARIO O POSEEDOR A REALIZAR EL TRÁMITE, PODRÁ AUTORIZAR A SU ESPOSO(A) O CONCUBINO(A) O UN FAMILIAR DIRECTO (PADRE, MADRE, HERMANO(A) O HIJO(A) PRESENTANDO

Original, y 1 copia(s) de: Carta poder Simple, en el formato autorizado por la Secretaría, anexar copia de identificación oficial vigente de la persona a la que le otorgan el poder y de testigos, adicionalmente deberá presentar copia de acta de nacimiento para acreditar el parentesco. Para esposo(a) o concubino(a) presentar acta de matrimonio o constancia de concubinato. Formato disponible en Módulo de Información o en la página web www.semov.col.gob.mx. (OPCIÓN 1)

Copia certificada u original del testimonio de la escritura pública que contenga poder notarial cuando no exista algún parentesco directo y 1 copia de identificación vigente de la persona a la que le otorgan el poder (OPCIÓN 2). Formato de Poder Simple el cual debe ser ratificado ante un funcionario público antes de su cita en los horarios establecidos en las Direcciones Regionales de Colima, Tecomán y Manzanillo. Es importante señalar que para la ratificación deberá presentar su cita impresa, así como copia de las identificaciones de quienes firman el poder simple (otorgante, representante y testigos).

Costos
  

$ 234.62. Permiso de Traslado (10 dias de Vigencia), $58.66 (permiso de traslado por día adicional, máximo 3 días)

  

$ 410.59. Permiso Provisional (primero y segundo) y $527.90 (tercero) 30 dias de Vigencia

Formas de pago

Cheque.

Tarjeta bancaria de crédito o débito.

Efectivo.

Dónde se Realiza
¿Dónde pago?

Receptoría de rentas, ubicada en las oficinas de la Subsecretaría de Movilidad.

Al público en general que cubra los requisitos.

    1.- Presentarse el propietario o poseedor con la documentación completa que acredite la propiedad de la unidad vehicular, en las Direcciones Regionales de Colima (Villa de Álvarez), Manzanillo o Tecomán.

    2.- Ingresar el vehículo al área de Peritaje que se encuentra en la explanada Externa, para la revisión física de motor y chasis. (Este paso es opcional)

    3.- Pasar a la Receptoría de rentas para realizar el pago correspondiente.

    4.- Presentarse a la ventanilla correspondiente, con el recibo de pago oficial original, donde le harán la entrega del Permiso Provisional o de Traslado.

Acreditar la propiedad del vehículo. Presentarse a realizar el trámite el representante legal o apoderado. El vehículo no debe presentar reporte de robo.

  

30 minutos. Presentando la documentación completa.

  

Permiso provisional. Vigencia 30 días el primero, el segundo y tercero es posible previo pagos correspondiente.

  

Permiso de traslado. Vigencia 10 días), $58.66 permiso de traslado por día adicional, máximo 3 días

No requiere Acreditación, inspeción o verificación

Dependencia: Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad, Subsecretaría de Movilidad (SUBSEMOV)
Responsable: L.E. Blanca Ciria Ballesteros Uribe
Teléfonos: 3123162000,
Extensión: 51003
Ubicación: Ca. Nicolás Lenín #1175 , Col.De los Trabajadores, Colima, Colima, Colima C.P. 28065
Horario: Lunes a Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.
Correo: blanca.ballesteros.subsemov@gmail.com
Normatividad: Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima, Artículo 17 fracción XLVIII; Reglamento de Seguridad Vial, Transito y Movilidad del Estado de Colima, Art. 102 y 103 Reglamento de Vialidad y Transporte del Estado de Colima. Capítulo III, Artículos 16, 17, 20, 22 y 23; Capítulo IV, Artículos 24, 25, 26, 31, 32. Ley de Hacienda del Estado de Colima. Capítulo III, Artículos 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32; Capítulo IV Bis, Artículo 55B fracciones V, VI, VII, VIII, X y XI
Afirmativa / Negativa Ficta / No Aplica: Negativa Ficta
Medios de Impugnación: Demanda ante el Tribunal de Justicia Administrativa en el Estado de Colima. Mecanismo de Protesta Ciudadana: De manera virtual, en el siguiente link: https://protestaciudadana.col.gob.mx y de manera presencial, en el buzón físico correspondiente de esta dependencia.

NOTA: Por la seguridad de su patrimonio adquirido podrá presentar la unidad vehicular para su Revisión Física. Dicha revisión quedará archivada para el posterior emplacamiento sin que vuelva a presentar la unidad. El Permiso Provisional tiene una vigencia de 30 días naturales y se expide hasta tres veces máximo, previos pagos correspondientes. El Permiso de Traslado tiene una vigencia de 10 días naturales, y un adicional de 3 días más, previos pagos correspondientes por día. Todas las copias deberán ser legibles, completas y sin recortes que permiten ver con claridad los datos que contienen. No presentar copias escaneadas ni de fotos de celular




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