Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad
Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano (SEIDUM)
Trámite
Trámite para publicación de Programas de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y Programas de Desarrollo Urbano de Centro de Población
Fecha de actualización: 06/10/2023
Publicar Programas de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y Programas de Desarrollo Urbano de Centro de Población que ayuden a sujetar todo aprovechamiento de suelo al conjunto de normas y disposiciones para ordenar y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población.
Para publicaciones que ayuden a dar certeza jurídica al adquirir el rango de Ley para la regulación y el ordenamiento de los usos del suelo en los centros de población.
Dictamen de liberación del Consejo Estatal o Municipal en su caso.
Dictamen de congruencia y vinculación correspondiente a la Secretaría.
Certificación de acuerdo de cabildo donde se aprueba el Programa de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano o Programa de Desarrollo Urbano de Centros de Población, debidamente avalado por la persona titular de la Secretaría (en original).
Oficio de solicitud de Publicación del Programa de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del municipio o Programa de Desarrollo Urbano de Centro de Población expedido por la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento o persona autorizada (en original).
Versión abreviada impresa con firma y sello original de la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento (original y copia).
Versión amplia impresa (original, firmada y sellada).
Planos para publicación en tamaño doble carta y escala de grises (original y copia, además de planos digitales en formato DWG y SHP).
Versión abreviada en forma magnética (en formato word y tablas anexas en word y excel).
Acreditación del Proceso de Consulta Pública.
Gobierno del Estado y Municipios.
1.- Presentarse en la ventanilla de la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano con la documentación referida, en donde se aplicará un listado de requisitos para verificar que la documentación esté completa.
2.- Si el expediente cumple con la normatividad vigente y es factible su publicación este se publicará en un plazo de 30 días máximo. Si el documento no cumple con la normatividad vigente y no es factible su publicación, se envía el expediente con oficio de improcedente al Ayuntamiento para subsanar las observaciones.
3.- Llamar a la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano en el plazo marcado para preguntar por el trámite y si este fue turnado a publicación o al Ayuntamiento.
4.- Si el documento es factible de publicación pasar a pagar a la Secretaría General de Gobierno. El documento se publica en el Periódico Oficial del Estado de Colima.
5.- Adquirir la Publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Colima".
Que sea congruente con la legislación vigente y que haya pasado por un proceso de consulta pública.
30 días hábiles.
Oficio de improcedencia, en caso de que el trámite sea improcedente.
La publicación de Programas de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, Proyecto de Integración Urbana y Estudios de Viabilidad e Impacto Territorial y Urbano en el Periódico Oficial "El Estado.
No requiere Acreditación, inspeción o verificación
El costo depende del número de páginas a publicar y es asignado por la Secretaría General de Gobierno, conforme al Art. 48 Fracción IVBIS incisos a, b, c de la Ley de Hacienda del Estado de Colima.
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